domingo, 17 de febrero de 2008

El Despido Durante Enfermedad ya NO se podrá Considerar NULO
Trabajo en el Extranjerodomingo, 17 de febrero de 2008 0 comentarios

Bueno, pues los empresarios españoles ya pueden estar más que contentos con la última sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Si en España, los empresarios ya hacen los que les sale de los mismísimos sin necesidad de que la ley este de su parte, ahora que cuentan con una sentencia que los ampare, esto de trabajar en España va a ser la leche.

Porque ademas de tener un contrato temporal (de por vida) de 3 meses, ni se te ocurra ponerte de baja, porque ahora te pueden despedir y tu a callar sin rechistar. Tras esta sentencia de unificacion de doctrina, la empresa te podrá despedir tan pancha y sin mover una sola ceja, por el sólo hecho de que estes enfermo. Solo se vera obligada a pagar la indemnización de improcedencia sin tener que readmitir a nadie. Pero teniendo en cuenta que casi todos los contratos que se realizan en España son temporales, pues esto es un chollo para un empresario.

Paga la parte proporcional a los 45 dias/año de un contrato de 3 meses y aqui paz y despues gloria. Y el trabajador, ademas de estar enfermo, ahora encima se va a la calle. Indicar también, que dada la legislacion actual, que mientras estés en situación de IT (baja médica) corre el tiempo del desempleo y pierdes la oportunidad de utilizar ese tiempo para buscar un nuevo empleo. Vamos, todo una maravilla

(Via Expansion)

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Sobre el Autor Grelo Cansado de los empresaurios españoles, se dispuso a plasmar en este blog lo que uno se puede encontrar más allá de los Pirineos. Me puedes seguir también en Facebook y Twitter

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